Como invasiva, ilegítima, sin valor jurídico, contraria a derechos internacionales y violatoria de la soberanía nacional, fue calificada hoy por varios juristas la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que ordena a República Dominicana modificar su Constitución y la condena por el caso de un grupo de haitianos que alegó haber sido despojado de la nacionalidad. El criterio en ese sentido fue externado por Juan Miguel Castillo Pantaleón, ex juez de instrucción; Eduardo Tavárez, ex presidente de la Asociación de Abogados Independientes y el penalista Carlos Olivares, quienes entienden que la sentencia no es vinculante al Estado.
Además que violenta el derecho de las naciones a decidir sobre nacionalidad de sus habitantes ni tiene ningún efecto jurídico, porque trata asuntos de soberanía nacional y porque la membrecía de la República Dominicana en la Corte Interamericana de los Derechos Humanos no ha sido aprobada por el Congreso Nacional.
Recordó que sobre el particular, el Tribunal Constitucional tiene pendiente el fallo de un recurso de inconstitucionalidad, cuyo expediente fue heredado de la Suprema Corte de Justicia, que lo dejó en estado de fallo.
“Por lo tanto, la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no resulta vinculante, ni con efecto jurídico alguno sobre el Estado dominicano”, sostuvo Castillo Pantaleón.
Sobre el contenido de la sentencia, Castillo Pantaleón declaró que rebasa por mucho las atribuciones de la Corte, órgano que, a su entender, “invade una materia que es de acuerdo al derecho internacional público, un asunto que de la exclusiva soberanía y dominio reservado de los estados”.
Carlos Olivares
Mientras el penalista Carlos Olivares calificó como un atrevimiento de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, ordenar a República Dominicana modificar su constitución, para que se establezca que son dominicanos los hijos de extranjeros ilegales nacidos en el país.
Sostuvo que República Dominicana es soberana de tener una constitución que desde el 2010, en su artículo 18, estableció quiénes son y quienes no dominicanos.
“El fraude lo corrompe todo. Todo ilegal que no esté debidamente organizado por nuestras leyes no puede ser ordenado por instancias extranjeras para que sea legal”, declaró Olivares.
Eduardo Tavárez
Igual opinó Eduardo Tavárez, ex presidente de la Asociación de Abogados Independientes, quien consideró que se trata de una sentencia que reya en una intromisión vulgar en los asuntos internos de la República Dominicana.
“Ninguna institución puede mandar a un país soberano, como es el nuestro, a modificar su constitución. Estamos hablando que la Constitución de un país es lo que le da parte de su soberanía; es la ley de leyes, es la que estructura un país”, sostuvo Tavárez.
En su sentencia, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos condenó a la República Dominicano por el caso de un grupo de personas que dijeron haber sido repatriadas a Haití de manera irregular y agregó en su decisión ordenar a la República Dominicana que modifique su Constitución para permitir que puedan adquirir la nacionalidad dominicana los hijos de extranjeros en situación migratoria irregular nacidos en este territorio.
UN APUNTE
Casos pendientes
La Corte Interamericana de los Derechos Humanos tiene pendiente el conocimiento de otros casos sometidos a ese tribunal por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre hechos recogidos durante la última visita que hizo ese organismo al país.
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